* A personas sin empleo (Especialmente a beneficiarios del Programa Jefas y Jefes de hogar)
* Trabajadoras y Trabajadores activos que necesitan cambiar de empleo.
* Empresas o Empleadores que requieran contratar personal.
8/4/09
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario